EL PSI EN EL OJO DE LA TORMENTA POR CONTRATAR DIRECTAMENTE A EMPRESA CON INSOLVENCIA TECNICA Y ECONÓMICA PARA DESCOLMATACIÓN DEL RIO CHANCAY SECTOR LA PUNTILLA – CHONGOYAPE


EMPRESA NO CUMPLIÓ CON LOS PLAZOS PREVISTOS A PESAR DE SUBCONTRATAR Y CEDER SUS DERECHOS CONTRACTUALES A OTRAS DOS EMPRESAS 

Como si no fuera suficiente. En los últimos días han salido a flote presuntas irregularidades y acciones indebidas que habrían sido propiciadas por la empresa JJ MINERIA & CONSTRUCCION ROCA S.R.L. de propiedad de José Patricio Espinoza Valle, quien con fecha 4 de abril de 2019 suscribió el Contrato N° 55-2019-MINGRI-PSI con el Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI), producto de una “Contratación Directa” realizada por dicha Entidad llevada a cabo con la finalidad de que el mencionado proveedor realizara la prestación del servicio de “Descolmatación y enrocado de ambas márgenes del rio Chancay en el sector La Puntilla – Chongoyape”, para lo cual se asignó un presupuesto de S/ 1’998,001.64.

PROPIETARIO DE J J MINERIA & CONSTRUCCIÖN ROCA S.R.L

Las presuntas irregularidades contractuales.

El contrato suscrito entre las partes mencionadas, muestra una discordancia domiciliaria que permite presumir que desde la firma del contrato con el PSI, la empresa JJ MINERIA & CONSTRUCCIÖN ROCA S.R.L. habría tratado de evadir sus obligaciones, ya que mientras en la parte introductoria del documento contractual se consigna como domicilio legal en Av. República de Chile N° 298 Of. 1006 – Urb. Santa Beatriz- Lima, en la Clausula Vigésima se registra como domicilio Av. República de Chile 295 Of. 1006, Urb. Santa Beatriz – Lima.

Respecto al atraso de la prestación del servicio

La cláusula quinta del contrato suscrito establece como plazo de ejecución de la prestación, siete (7) días para el informe topográfico y sesenta (60) días para la ejecución de la prestación, el cual se debió iniciar luego de la culminación de los trabajos topográficos, debiendo este inicio – según refiere la clausula contractual -, ser anotado en el cuaderno de ocurrencias e informado a la entidad dentro de los tres días calendarios por el ingeniero designado para el control técnico.

En este sentido, este medio de información ha tomado conocimiento que los plazos establecidos fueron rebasados sustancialmente por el contratista, ya que de acuerdo a la información que será corroborada posteriormente, el servicio habría sido concluido en el mes de diciembre del año pasado, superando sustancialmente el plazo previsto en el contrato, lo cual debería estar sustentado con los informes respectivos y las ocurrencias diarias plasmadas en el cuaderno respectivo de la prestación del servicio.

La insolvencia técnica y financiera de JJ MINERIA & CONSTRUCCIÖN ROCA S.R.L. no advertida por el PSI

Al poco tiempo de la suscripción del contrato con el PSI, el contratista JJ MINERIA CONSTRUCCION ROCA S.R.L., mostrando su insolvencia técnica y financiera y sin autorización del PSI, empezó a formalizar contratos de “Cesión de Derechos” contraviniendo la norma al respecto. La primera cesión la realizo con la CONSTRUCTORA CREATIVA VENUS E.I.R.L. representada por Peter Giomar Candioti Pariasca, cediéndole totalmente la prestación del servicio y el manejo económico proveniente del contrato que suscribió con el PSI, evidenciándose de esta manera que la “Contratación Directa” que realizó el PSI para elegir al prestador del servicio requerido, presuntamente habría sido direccionada sin la evaluación de las capacidades que para estos casos deben tener la empresas que contratan con el Estado bajo esta modalidad – directa - es decir, a dedo.

Una segunda “Cesión de Derechos”, fue celebrada con INVERSIONES MYKALIN S.A.C. representada por su gerente Carlos Martínez Rojas, quien asumió la responsabilidad de concluir con la prestación del servicio contratado, formalizando como contraprestación el pago de aproximadamente 800 mil soles, importe que debió servir para pagar deudas pendientes a ciertos proveedores y concluir con el saldo del servicio pactado, el cual se habría culminado en el diciembre del año pasado, sin que hasta la fecha haya concluido con pagar el saldo de deudas que mantiene con ciertos proveedores, como son alquiler de maquinarias y combustible.

Irracional decisión del PSI que deja impagas deudas pendientes a proveedores.

Como quiera que la insolvencia económica de JJ MINERIA & CONSTRUCCION SRL era evidente, esta no pudo garantizar el fiel cumplimiento de la prestación del servicio mediante una Carta Fianza emitida por una entidad financiera, optando para este fin con solicitar al PSI que se le retenga de sus valorizaciones que se cancelen por el avance de la prestación del servicio montos hasta alcanzar el 10 % del importe contratado, el cual se aproxima a los 200 mil soles,  incluido en el importe total cedido a Inversiones Mykalyn S.A.C., el mismo que el PSI mediante la Carta N° 0768-2020-MINAGRI-PSI-UADM suscrita por jefe de la Unidad de Administración, Walter Núñez Care, ha negado arbitrariamente  el desembolso en la cuenta del cesionario y de esta manera propiciar que el cedente JJ Minera & Construcción no cancele las deudas contraídas con los proveedores que aportaron bienes y servicios para culminar los trabajos que ya venían retrasados en su culminación.

     


    Recomendado:


EMPRESA DE EXMINISTRO DE AGRICULTURA QUE HABRÍA SOBORNADO A VISCARRA FORMALIZÓ CON EL PEOT DOS CONTRATOS, UNO DE ELLOS PARA SUPERVISAR LOS TRABAJOS DE EMPRESA LIGADA A ODEBRECHT


Comentarios

Entradas populares