CHICLAYO: GERENCIA DE AGRICULTURA PERDERÍA PRESUPUESTO MILLONARIO PARA MEJORAMIENTO DE CANAL DE IRRIGACIÓN

 


GERENTE ANULÓ PROCESO A PESAR DE HABERSE OTORGADO BUENA PRO

Al parecer, en la Gerencia Regional de Agricultura de  Lambayeque, los presupuestos asignados para la ejecución de obras no tienen valor para el fin que se asignan.

ANTECEDENTES DEL PROCESO ANULADO

Con fecha 21 de octubre pasado, el comité de selección nombrado por el gerente regional de agricultura Juan José Chapoñan Sánchez, otorgo la buena pro al Consorcio Nor Oriente, quien a pesar de no haber presentado la carta de línea de crédito con la formalidad requerida, resultó ganador de la Buena Pro de la Licitación Publica N° 01-2020, para la ejecución de la obra “Mejoramiento del servicio de agua para riego del canal Chacupe Sector Vidaurre-Higuerón, distrito de Picsi”, valorizado en 4 millones 900 mil soles.

PRIMER FUNDAMENTO DE LA RESOLUCIÓN DE NULIDAD

De acuerdo a la Resolución de Gerencia Regional N° 00090-2020-GR. LAMB/GRA suscrita por el gerente regional, en su parte resolutiva se declara la nulidad del procedimiento referido, resolviendo igualmente que el mismo sea retrotraído hasta la etapa de convocatoria, es decir, el proceso vuelva a fojas cero.

Los argumentos contenidos en la aludida resolución, se basan a un informe emitido por el comité de selección, en el cual manifiesta que a pesar de que el procedimiento de selección se habría llevado ajustado a la normatividad de las contrataciones del Estado, sin embargo – refiere la resolución -, que al tomarse conocimiento que, estando muy próximos al inicio de la campaña agrícola (16 de diciembre del 2020), los usuarios de la Junta de Regantes ya han manifestado su oposición rotunda para que se realicen trabajos durante dicha campaña agrícola, ya que ellos representa no utilizar el canal, la privación de desarrollar sus actividades agrícolas y por ende un perjuicio económico para los usuarios – reza la motivación de la resolución-.

SEGUNDO FUNDAMENTO HIPOTETICO

Una segunda motivación contenida en la mencionada resolución, esta basada en que, de acuerdo al cuadro hipotético formulado por el Comité, en caso la Entidad y el contratista, en este caso el Consorcio Nor Oriente, decidiesen suspender el plazo del contrato y paralizar la ejecución de los trabajos, se generaría reconocimiento al contratista de mayores gastos generales y hasta un deterioro de los trabajos  avanzados a dicha fecha, que representaría mayores costos a la obra; lo que podría preverse en las bases y consignar la posibilidad que la Entidad y el contratista acuerden diferir la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra, hecho que no ha sido considerado en las bases del procedimiento.


RESOLUCIÓN GERENCIA DE AGRICULTURA LAMBAYEQUE

LA PROBABLE PERDIDA DEL PRESUPUESTO ASIGNADO

Como quiera que, la referida resolución de nulidad ordena retrotraer el procedimiento de selección hasta la etapa de su convocatoria, esto implica que, de acuerdo al segundo fundamento de la decisión de nulidad tomada, se tiene que reformular las bases, aprobar las mismas, convocar el mismo proceso (Licitación Pública) y adjudicar la buena pro del mismo en un lapso no menor a los treinta (30) días hábiles, para luego, en los plazos previstos por la ley de contrataciones del Estado formalizar la relación contractual con el contratista adjudicado, lo que demandaría un plazo adicional de no menos diez días, procedimientos que no serian materializados en este año, consecuentemente el presupuesto asignado no sería afectado en el presente año fiscal, razón que daría motivo para que el ejecutivo revierta el dinero a la caja fiscal y el anhelado proyecto, podría que dar trunco por la falta de su disponibilidad.   


  


   


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