CHOTA: CONSORCIO GANA BUENA PRO DE MILLONARIA OBRA PRESENTANDO CONTRATO CON FIRMA QUE HABRÍA SIDO FALSIFICADA

 


PROCESO QUE FUE CONVOCADO POR LA GERENCIA SUB REGIONAL DE CHOTA PARA LA EJECUCIÓN DE UNA OBRA VLORIZADA EN 11 MILLONES DE SOLES.

Todo hace indicar que, en tiempos de pandemia, los contratistas se estarían valiendo de acciones vedadas para sacar ventaja, y de esta manera lograr ser adjudicados con la buena pro, al parecer, sin que los comités encargados de evaluar las ofertas lo adviertan oportunamente.

EL PROCESO

El 01 de marzo del año en curso, el Comité de Selección presidido por Hugo Ugaz Dávila e integrado por los miembros Belmo Ramiro Cubas Cabrera y Carlos Yover Burga Tarrillo, dieron inicio al acto de verificación de los participantes que electrónicamente presentaron sus ofertas en el proceso Licitación Pública N° 004-2020-GSRCH, convocado para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento del Camino Vecinal Tramo Cruce Santa Rosa hasta Cruce Oxapampa, Distritos de Bambamarca y la Libertad de pallas – Prov. De Hualgayoc y Celendín – Cajamarca”, valorizada en 11 millones 600 mil soles.

En dicho procedimiento registraron su participación 61 postores, de los cuales presentaron sus ofertas cuatro de ellos, las cuales fueron sometidas a la evaluación de la documentación obligatoria presentada para ser admitidas y luego proceder a su evaluación, dando como resultado que tres de los cuatro postores lograron obtener 100 puntos en su calificación, razón que motivó para que – de acuerdo a lo normado -, se dilucidara el orden de prelación mediante un sorteo electrónico, obteniendo el primer lugar la oferta del Consorcio Vial San Juan, integrado por las empresas Grupo Empresarial Llankasun S.A.C. e Inversiones & Negocios San Cristóbal E.I.R.L., cuya oferta fue evaluada, tanto en su experiencia en la especialidad, como en el resto de los documentos requeridos materia de calificación que derivó en la adjudicación de la buena pro a su favor.

EL CONTRATO PRESENTADO POR EL CONSORCIO VIAL SAN JUAN CON FIRMAS PRESUNTAMENTE FALSA.

Como quiera que las bases del proceso requirieron que los postores acreditaran experiencia en la ejecución de obras iguales o similares al objeto de la convocatoria por un valor superior al valor referencial del proyecto (Once millones 600 mil soles), en la oferta presentada por el Consorcio Vial San Juan - publicada en el portal del Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE) - se evidencia que a folios 11 al 15, se encuentra el Contrato N° 030-2016-C.M.C.P. por el importe de S/ 19´735,677.97 suscrito el 23 de agosto del 2016 entre la Compañía Minera Cruzero Perú S.A.C. y uno de los integrantes del consorcio que obtuvo la buena pro, en este caso, la empresa Grupo Empresarial Llankasun S.A.C., el cual fue suscrito, tanto por el apoderado de la compañía minera Owhert Antonio Pajuelo Osorio y el gerente general de la empresa consorciada Rubén Carhuapoma Meza, cuyo objeto consistió en la Construcción de la Carretera Carrozable Oruro-Campamento Minero Quimsaorcco (Long. 16.24 Km) ubicado en el distrito de Crucero – Departamento de Puno.

De acuerdo a las imágenes del mencionado contrato que ilustran la presente nota, se puede advertir tanto en el refrendo de las paginas del mismo, como en la parte final de dicho contrato la existencia del sello de la empresa y la presunta firma del apoderado de la Compañía Minera Cruzero Perú S.A.C. Owhert Antonio Pajuelo Osorio, la cual al ser contrastada con la que obra en su ficha RENIEC, se aprecia sustanciales y notables divergencias gráficas con la firma autentica de contraste, compatible de proceder de distinto puño gráfico, razón que permite presumir que las firmas de dicho apoderado consignadas en todos los folios del contrato serían “falsificadas”.



LAS FIRMAS REGISTRADAS EN EL ACTA DE RECEPCION Y LA CONFORMIDAD DE OBRA.

Las bases del proceso, igualmente requirieron que los contratos que los participantes presentaran para acreditar su experiencia, tendrían que ser acompañados, para ser válidos – entre otros documentos –, con el acta de recepción de la obra y/o la constancia de conformidad de la misma, tal es así que, a folios del 07 al 10 de la oferta del consorcio adjudicatario, se encuentra el Acta de Recepción de Obra en la cual se muestra la firma el sello y la firma de dicho apoderado en las mismas condiciones que trasuntan una posible falsificación, hecho que de la misma manera se muestra en la Constancia de Conformidad de Obra suscrita por el apoderado Owhert A. Pajuelo Osorio, la cual corre a folios 06 de la oferta presentada por el Consorcio Vial San Juan.


   

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