LAMBAYEQUE: EN EL MUNICIPIO DE LAMBAYEQUE OTORGARON BUENA PRO A EMPRESA QUE PRESENTÓ DOCUMENTO CON SELLO Y FIRMA DE NOTARIO QUE SERÍA FALSIFICADA

 


BUENA PRO FUE OTORGADA PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA VALORIZADA EN MAS DE 500 MIL SOLES

El proceso y su adjudicación

En estos tiempos puede suceder de todo. Al parecer algunas empresas estarían utilizando documentación fraudulenta para ser favorecidos con la buena pro en los procedimientos que son convocados, principalmente por entidades edilicias de la región, como es el caso del proceso de selección convocado por la Municipalidad Provincial de Lambayeque denominado Adjudicación Simplificada N° 004 -2021 – MPL, mediante el cual se está procurando contratar al ejecutor que deba llevar a cabo la ejecución del proyecto “Mejoramiento del local para usos múltiples Angel Gonzáles Castro de la habilitación progresiva Ramón Castilla”, valorizado en 506 mil soles. 

En ese sentido, se tiene que, el 21 de abril del año en curso, el comité de selección encargado de llevar a cabo dicho procedimiento evaluó y calificó  la oferta presentada por la Constructora y Servicios Múltiples S.C.R.L. (COSERVIS) representada por su Gerente General Edward Valladares Chávez, quien de acuerdo al sorteo electrónico realizado ocupó el primer lugar y de esta manera fue pasible de que su oferta sea evaluada integralmente y calificada por los miembros del comité, quienes por unanimidad decidieron adjudicarle la buena pro.

El documento con el sello y firma notarial presuntamente falsificado presentado por el ganador        

De acuerdo a la normativa vigente, se establece que los participantes que acrediten experiencia con contratos ejecutados en consorcio, como requisito imperativo deben de presentar anexo al mismo el contrato de consorcio suscrito por los representantes de cada uno de los consorciados, cuyas firmas deben de estar legalizadas notarialmente, en este sentido, COSERVIS presentó un contrato de ejecución de obra celebrado con la Municipalidad Distrital de Santa Rosa- Chiclayo por un monto superior a los 874 mil, el cual fue ejecutado conjuntamente con la empresa Aldema Contratistas Generales S.A.C conformando el Consorcio San Judas Tadeo, teniendo una participación en la ejecución de la obra  y del monto contratado del 80 %, es decir, un importe superior a los 700 mil soles, superando así el monto mínimo para la acreditación de la experiencia requerida en el proceso actual, tal es así que  se advierte en la oferta de COSERVIS – publicada en el portal del SEACE – que a folios 36 al 40 se encuentra el respectivo contrato de consorcio celebrado y suscrito por los representantes de dichas empresas, cuyas firmas habrían sido legalizadas con sellos y firma de la Notario -Abogado Welti Isabel Alvarado Quijano, los cuales guardan sustanciales diferencias con las que obran en el basto acervo documental que este medio de comunicación mantiene.

Las sustanciales diferencias que se muestran en imágenes de cotejo

Como se puede mostrar en las diferentes imagines que ilustran la presente nota, se puede advertir como, tanto los sellos de legalización y las firmas de provenientes del mismo puño y letra de  la referida Notario son coincidentes entre sí, las cuales como se puede apreciar fueron realizadas en diferentes fechas, meses y años, lo que permite establecer que tanto los sellos y las firmas son la que usualmente sirven como refrendo notarial real, mas no, al parecer, coinciden con la que obra en el contrato de consorcio presentado por COSERVIS, ya que al efectuarse el cotejo con los sellos y la firma de la Notario, se advierte que, en caso del sello circular, al margen de ser de mayor tamaño, este hace una separación entre las palabras internas Notario Abogado, con guion, mientras que en los originales no existe esa separación, así mismo en el sello rectangular de “Certificación” que se registra en la oferta de COSERVIS (pág. 41 de su oferta), se muestra en la parte final la palabra Chiclayo sin la coma como si la tienen los sellos de los cuatro documentos de cotejo.

El hecho relevante respecto a la firma de la Notaria Abogado Isabel Alvarado Quijano, se circunscribe a la diferencia sustancial de los trazos, composición literal y el tamaño de la firma, ya que como se puede apreciar en los documentos cuyas firmas son originales, se advierte una posibilidad que la firma consignada en el documento presentado por COSERVIS no sería la auténtica, en cuanto al ser comparadas con las firmas de cotejo original, a simple vista muestra una diferencia muy marcada con las mismas, razón que permite presumir que esta sería “falsa”, lo cual de confirmarse vía las pericias respectivas, darían lugar para que el contrato presentado para la acreditación de su experiencia por parte de COSERVIS, no sería valido y por ende, su oferta debería ser desestimada.

Al cierre de la presente nota, este medio a cursado la carta respectiva a la Notaria Alvarado Quijano para que nos confirme la autenticidad y veracidad de la legalización realizada al documento en cuestión. 

     Sellos y firmas de cotejo








   Sellos y firma del documento cuestionado    









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