GOBERNADOR JORGE PÉREZ ANULA PROCESO DE MILLONARIA OBRA EN PUCALA

 

GOBERNADOR JORGE PÉREZ ANULA PROCESO DE MILLONARIA OBRA EN PUCALA


Informes detectan situaciones adversas que afectaría la continuidad del procedimiento de selección

Recurrentes errores. Son los que se vienen dando en el Gobierno Regional de Lambayeque, cuando se trata de elaborar las bases para desarrollar los procedimientos de selección que, mayormente, tienen el objeto de ejecutar obras millonarias de gran envergadura y necesario impacto social.

La resolución decisoria

El 23 de febrero del año en curso, el Gobernador Regional de Lambayeque, Jorge Pérez Flores, ha suscrito la Resolución Ejecutiva Regional N° 000108-2024-GR.LAMB, mediante la cual en su parte resolutiva ha declarado la nulidad de oficio del proceso convocado para la ejecución de la obra “Creación de pistas y veredas en el sector Barrios Unidos, Urb. San Juan y Urb. San Bernardino del Casco Urbano de Pucala”, cuyo presupuesto supera los 5 millones 700 mil soles.




Los fundamentos resolutivos

De acuerdo al fundamento principal esgrimido en la resolución aludida, este manifiesta que se advierten situaciones que afectarían la continuidad del procedimiento de selección, como son: Bases Integradas incompletas (páginas que forman parte de los Términos de Referencia “dañadas”, imagen de TDR”dos (2) páginas en una sola), afectando el incumplimiento de la finalidad pública, que conlleva a una Nulidad de Oficio en el caso que se prosiga con la continuidad del procedimiento.

Decisión de retrotraer el proceso

De acuerdo a los hechos expuestos – refiere el cuerpo resolutivo -  y existiendo un vicio de nulidad respecto al registro de información, corresponde que el proceso se retrotraiga hasta la etapa de Integración de Bases, a efectos de corregir la observación, considerando que el Comité de Selección es responsable de la elaboración de las bases, debiendo asegurar la eficacia y la eficiencia para que no repercutan en retrasos en el proceso de contratación.

Las responsabilidades

El Artículo Tercero de la resolución suscrita por Pérez Flores, ordena remitir copias del expediente administrativo a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios para que, de acuerdo a sus funciones, proceda al deslinde de las responsabilidades a las que hubiera lugar, contra los servidores que dieron lugar a la comisión del vicio de nulidad, refiere dicho articulado.

 

 

 

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