EN EL GORE LAMBAYEQUE ANULAN PROCESO PARA COMPRA DE 32 COMPACTADORAS VALORIZADAS EN 20 MILLONES DE SOLES

 EN EL GORE LAMBAYEQUE ANULAN PROCESO PARA COMPRA DE 32 COMPACTADORAS VALORIZADAS EN 20 MILLONES DE SOLES

Mala integración de las bases y vicios advertidos dieron lugar para que el gerente regional suscribiera la resolución de nulidad del procedimiento

Recurrentes decisiones de nulidad. Son las que se vienen tomando en el Gobierno Regional de Lambayeque, cuando se trata de ejecutar obras, contratar servicios y, como en este caso, adquirir 32 compactadoras de residuos sólidos que debieran ser entregadas a diferentes municipalidades de la región, para garantizar la adecuada y oportuna atención que permita atender eficientemente el recojo de los residuos sólidos en el ámbito de cada municipalidad.

La resolución y su motivación de la nulidad

Con fecha 23 de abril del año en curso, el Gerente General Regional, Ranjiro Nakano Osores, ha suscrito la Resolución de Gerencia General Regional N° 000091-2024-GR.LAMB, mediante la cual ha resuelto declarar la nulidad de oficio de la Adjudicación Simplificada N° 26-2023-GR. LAMB, correspondiente a la adquisición de 32 compactadoras de residuos sólidos de 15 m3.

Los motivos de la nulidad esbozadas en el cuerpo resolutivo, devienen de la solicitud de nulidad planteada por uno de los participantes, quien manifiesta haber advertido hechos irregulares incurridos al momento del registro de la Absolución de Consultas y Observaciones, como así también  la mala integración de las bases del proceso.

En ese sentido, el vicio advertido en las bases del proceso, está referido a la sumatoria de los factores de evaluación que al momento de la absolución de las observaciones se ha considerado como puntaje máximo 101 puntos, mientras que al integrarse las bases se ha consignado otorgar como puntaje mayor 100 puntos, sin embargo de la sumatoria de la última versión publicada – refiere la resolución de nulidad -, respecto a los factores de evaluación, estos arrojan 95 puntos, faltando distribuir 05 puntos, lo que bajo esta condición, se configura de modo indubitable la causal de nulidad del proceso, retrotrayéndose el mismo hasta la etapa de integración de las bases.


Los antecedentes

Cabe precisar que la adquisición de las 32 compactadoras, inicialmente fueron parte de la compra de una serie de maquinarias que en gran parte fueron entregados a los municipios provinciales y distritales, lo cual no sucedió en el caso de las compactadoras, por cuanto a pesar de haberse convocado dos procedimientos anteriores, esto es el 07 de noviembre de 2023 y el 05 de febrero de 2024, estos fueron declarados desiertos por la no participación de postor alguno en el ítem correspondiente.      

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