EN PIMENTEL NO CONTRATARON FORMALMENTE A EMPRESA DE CONSEJERO REGIONAL LARA DOIG
EN PIMENTEL NO CONTRATARON FORMALMENTE A EMPRESA DE CONSEJERO REGIONAL LARA DOIG
Funcionarios no
aplicaron lo normado respecto a las contrataciones por montos iguales o inferiores
a 8 UIT
Todo indica que la contratación realizada por la
Municipalidad Distrital de Pimentel con la empresa Publivic S.R.L. de propiedad
del Consejero Regional de Lambayeque, Ricardo Lara Doig, no fue realizada con
la formalidad establecida para la contratación de bienes y servicios por montos
iguales o Inferiores a 8 UIT, la cual a pesar de haber sido realizada
directamente, obligatoriamente, desde el momento de presentar dicha empresa su cotización y finiquitar su contratación, obligatoriamente debió
estar inscritos en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y no estar
impedido para contratar con el Estado, requisitos que la empresa del consejero
regional incumplió.
Las cotizaciones
De acuerdo a la documentación obtenida por conducto regular,
concerniente a la contratación por parte de la comuna de Pimentel con la empresa
Publivic S.R.L., se advierte que esta en el mes de mayo del 2023 presentó (3) tres cotizaciones, incluso suscritas por
el mismo Lara Doig, para alquilar e instalar tres paneles
publicitarios tamaños 8 x 4 y 10 x 6, como así también seis (6) Banner por un importe total de S/ 6,903.
El primer sustento de
la contratación irregular
Como quiera que, el Art. 10 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, considera como excepción que aquellos proveedores cuyas contrataciones sean realizadas por montos iguales o menores a una (1) UIT, no necesariamente deberían contar con su RNP vigente, para este caso no correspondía, en cuanto el importe de la contratación superaba el monto prescrito (S/ 6,903), por lo tanto, la gestión edil debió verificar si Publivic S.R.L. estaba inscrito en el RNP, condición que a la fecha de la emisión de las tres (3) cotizaciones (Mayo 2023) no cumplía, por cuanto su inscripción empezó a tener vigencia a partir del 01 de junio de 2023 (ver imagen).
Respecto al doble
impedimento para contratar con el Estado por parte de Publivic S.R.L.
El Art. 11, sub numeral 11.1 prescribe lo siguiente: Cualquiera
sea el régimen legal de la contratación aplicable, están impedidos de ser
participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas, las siguientes
personas, entre ellas las consideradas en el literal c) de la Ley de Contrataciones del Estado, modificado
por el D.L. 1444-2018-EF, como son: “Los gobernadores, Vicegobernadores y
Consejeros Regionales” quienes incluso no podrían contratar con el Estado,
hasta 12 meses después de ocupado el cargo.
Dicha prohibición, alcanza también para los referidos
funcionarios, cuando estos sean o hayan sido participes de la empresa que pretende
contratar con el Estado siendo accionistas con una participación mayor al 30 %
del accionariado y a la vez ostentar representación legal de la misma, como es
el caso de la empresa Publivic S.R.L., quien según la Declaración Jurada de
Intereses de Lara Doig, consigna ser accionista de dicha empresa con una
participación del 50 % de acciones y, a la vez, ocupa el cargo de Gerente
General - como así se encuentra registrado en la SUNAT -, mientras el exgobernador
regional Luis Díaz Bravo ostenta representación legal de la empresa ocupando el
cargo Sub Gerente, quien como es sabido, dejó el cargo a finales del año 2022,
mientras los procedimientos de contratación realizados por el municipio de
Pimentel con Publivic S.R.L. se iniciaron en mayo del 2023, cuando Díaz Bravo,
incluso hasta hoy, es su representante y en esa fecha no había superado los
doce (12) meses de haber dejado el cargo, configurándose de esta manera la
doble infracción por parte de Publivic S.R.L. en este aspecto.
EN PIMENTEL SISTEMATICAMENTE ORGANIZARON CONTRATACIÓN DE EMPRESA DE CONSEJERO REGIONAL LARA DOIG
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