EN LA GERENCIA DE TRANSPORTES DE LAMBAYEQUE DEMORAN FIRMA DE CONTRATO

 EN LA GERENCIA DE TRANSPORTES DE LAMBAYEQUE DEMORAN FIRMA DE CONTRATO

El objeto de la contratación es la elaboración del expediente técnico para mejorar carretera en los distritos de Cayalti y Zaña

Demora no transparentada. Es la que se viene dando en la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones de Lambayeque, la cual según el portal del Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (Seace), no se encuentra publicado el motivo del por qué hasta la fecha no se ha celebrado el contrato, pese a que los plazos establecidos para dicha formalización ya han sido superados.

El proceso y el objetivo

El procedimiento de selección, cuyo objeto consiste en la: “Contratación del servicio de consultoría para la elaboración del expediente técnico del mejoramiento del servicio de transitabilidad vial interurbana de la ruta departamental: La-118 – EM. PE -1N (Cayalti) Pidal Alto Dv. Sipan en los distritos de Cayaltí y Zaña – Provincia de Lambayeque”, fue convocado el 06 de junio de 2024, habiéndose adjudicado la buena pro – pese a sendas postergaciones – el 04 de julio y consentida la misma el 12 del mismo mes a favor del Consorcio Vial Cayalti, quien resultó ganador del proceso.


Como quiera que la norma de las contrataciones del Estado, establece plazos para las etapas procesales, que bien pueden ser postergadas y transparentadas hasta antes del consentimiento de la buena pro, en este caso – conforme lo prevé la normatividad vigente – a partir del día siguiente del consentimiento de la buena pro el Consorcio Vial Cayalti y dentro de los ocho (08) días hábiles posteriores debió presentar la documentación requerida para la suscripción del contrato, para luego la Entidad, dentro de los dos (2)  días hábiles debió suscribir el contrato, en este caso hasta el 30 de julio, lo cual conforme se puede apreciar en el Seace y hasta el cierre de esta publicación, no se ha realizado, encontrándose actualmente - pese a que los plazos han sido superados – en la condición de consentida la buena pro. (Ver imagen).



  

 

 

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