EN LA GERENCIA DE TRANSPORTES RETIRAN BUENA PRO DE CONCURSO PARA ELABORAR EXPEDIENTE TÉCNICO

EN LA GERENCIA DE TRANSPORTES RETIRAN BUENA PRO DE CONCURSO PARA ELABORAR EXPEDIENTE TÉCNICO

Informe demuestra documentación irregular presentada por consorcio ganador

Mediante Informe Técnico N° 000004-2024-GR.LAMB/GRTC-ARAB, emitido el 08 de agosto del presente año por el Coordinador de Abastecimientos de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones de Lambayeque, Giovanni Antonio Cartagena Sáname, en la parte de sus conclusiones y recomendaciones decide la perdida automática de la buena pro otorgada al Consorcio Vial San Martin, debido a que este no subsanó los requisitos observados para la firma del contrato.


El proceso

La frustrada contratación, deviene del proceso adjudicado al Consorcio Vial Cayalti, quien obtuvo la buena pro de la Adjudicación Simplificada N° 11-2024-GR.LAMB/GRTC, que fue convocada para la contratación del Servicio de Consultoría de Obra para la Elaboración del Expediente Técnico del Proyecto: “Mejoramiento de Transitabilidad Vial Interurbana de la Ruta Departamental LA-118:EMP. PE – 1NJ (Cayalti)- Pidal Alto-DV. Sipán-EMP, LA-116 en los distritos de Cayalti y Saña”, cuyo presupuesto asignado supera los 974 mil soles.

Los antecedentes

Según el informe prescrito, el 04 de julio de 2024, el comité de selección otorgó la buena pro de dicho proceso al Consorcio Vial Cayati, quien luego del consentimiento de  la adjudicación, en el plazo de ocho (08) días debía presentar la documentación requerida para la firma del contrato, por tal razón – según el informe -, el 22 de julio de 2024, mediante la Carta N°002-2024/CVC el postor ganador presenta la documentación requerida en las bases del proceso para la firma del contrato, tal es así que, luego de su revisión por parte del Coordinador de Abastecimientos, advierte serias inconsistencias en varios de los documentos presentados, pidiéndole – conforme lo prevé la Ley de Contrataciones del Estado -, que en el plazo previsto subsane los mismos, requerimiento que aparentemente fue cumplido pero no a cabalidad, por lo que en razón de ello, el Coordinador emitió el informe mencionado, decidiendo – conforme lo establece la norma de las contrataciones del Estado – declarar la perdida automática de la buena pro otorgada al Consorcio Vial Cayalti, por lo que el proceso deberá ser declarado “desierto” por no existir una segunda oferta valida en el orden de prelación.        

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