COMUNA DE PATAPO ANULA PROCESO DE SELECCIÓN E IMPIDE QUE LOS POSTORES OBSERVEN LAS BASES

COMUNA DE PATAPO ANULA PROCESO DE SELECCIÓN E IMPIDE QUE LOS POSTORES OBSERVEN LAS BASES

Resolución retrotrae el proceso hasta la etapa de “consultas y observaciones”, pero el comité de selección no modificó y amplió  el cronograma que permita el ingreso de las mismas 

Luego de que este blog – Observador Observador publicara las irregularidades procedimentales llevadas a cabo por el comité de selección que tuvo a cargo un primer proceso de selección convocado por la Municipalidad Distrital de Pátapo, para la ejecución de la obra: “Creación de la transitabilidad vehicular y peatonal del Sector Fertilizantes de la Localidad de Pátapo”, el burgomaestre de la comuna José Eduardo Tarrillo Nunton, el 11 de octubre del presente año, emitió la Resolución de Alcaldía N° 230-2024-MDP/A, mediante la cual resolvió declarar la nulidad de oficio del procedimiento, ordenando que el mismo se retrotraiga hasta la etapa de consultas y/observaciones e integración de bases.


El irregular impedimento

Como quiera que, la resolución aludida en su parte resolutiva determino que el proceso fuera retrotraído hasta la etapa de consultas y observaciones, cuyo plazo para esta prerrogativa a favor de los postores debió ser modificado en el segundo proceso publicado el 11 del presente mes, lo que por cierto no sucedió, tal como se puede ver en la imagen siguiente, esta etapa continua con el plazo del primer proceso convocado, en un primer momento, es decir, del 30 de agosto al 16 de setiembre, lo que implica que esta etapa se encuentra cerrada en el sistema electrónico, impidiendo que los participantes puedan proponer consultas u observaciones técnicas y administrativas al proceso.

El hecho irregular se evidencia, en cuanto de acuerdo al nuevo cronograma del segundo proceso convocado, solo se ha variado la fecha para la absolución de consultas y observaciones el cual está fijada para el 14 de octubre, más no se ha modificado el plazo para la presentación de consultas y observaciones, etapa a la cual, el proceso, de acuerdo a la resolución de nulidad emitida por el alcalde del ayuntamiento de Pátapo, debió ser retrotraído hasta esa etapa procedimental.

Opinión

Bajo el contexto de la irregularidad procedimental advertida, este medio de investigación e información, obtuvo la opinión técnica del consultor en contrataciones del Estado, Jorge Chávez Pita, quien opinó que si la resolución de nulidad a determinado que el proceso se retrotraiga hasta la etapa de presentación de consultas y observaciones, el cronograma de esta etapa procesal debió ser modificado y, de esta manera, el comité de selección debió dar cumplimiento a lo resuelto por el Titular de la Entidad, ya que al no haberse realizado, - manifiesta Chávez Pita, la omisión descrita ocasiona un vicio de nulidad que debe ser subsanado vía un documento resolutivo con la finalidad de superar el vicio advertido, aseveró el consultor. 

    

 

   

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