EL OSCE ORDENA ANULAR SEGUNDO PROCESO PARA EJECUCIÓN DE LA OBRA DEL I.S. LOPEZ ALBUJAR DE FERREÑAFE Y REPONSABILIZA AL GOBERNADOR JORGE PÉREZ Y FUNCIONARIOS INVOLUCRADOS

EL OSCE ORDENA ANULAR SEGUNDO PROCESO PARA EJECUCIÓN DE LA OBRA DEL I.S. LOPEZ ALBUJAR DE FERREÑAFE Y REPONSABILIZA AL GOBERNADOR JORGE PÉREZ Y FUNCIONARIOS INVOLUCRADOS

Proceso que alcanza los 94 millones de soles fue sujeto de una primera nulidad en el año 2023 por deficiencias en el expediente técnico

La ineficiencia en su máxima expresión. Mediante el Informe IVN N° 117-2024/DGR de fecha 09 de octubre del presente año, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), ha decidido que el Titular de la Entidad, en este caso el gobernador Jorge Pérez, declare la nulidad del procedimiento de selección convocado por el Gobierno Regional de Lambayeque para la ejecución de la obra: “Mejoramiento del servicio educativo en el Instituto Superior Tecnológico Público Enrique López Albujar- Distrito de Pueblo Nuevo – Ferreñafe”, de modo que el mismo sea retrotraído hasta la etapa de su convocatoria.

Los motivos de la nulidad requerida

En el marco de la supervisión efectuada al procedimiento de selección, convocado con fecha 19 de julio de 2024, el ente supervisor ha advertido que de la revisión integral del expediente técnico de la obra, no se ha encontrado los documentos ni la ubicación de los mismos respecto al componente que conforman el “Plan de contingencia de reubicación de alumnos”, los cuales fueron materia de las observaciones propuestas por algunos postores.

Habiendo el organismo supervisor evidenciado que la Entidad no público en el formulario electrónico dichos documentos, la convocatoria realizada a prescindido de contar adicionalmente con el expediente técnico de obra, el cual debería haber sido publicado de manera completa en el formulario electrónico de la ficha del SEACE desde la convocatoria, debiendo ser difundido obligatoriamente por la Entidad, a efectos de que, los participantes, puedan tener conocimiento de manera precisa del requerimiento de la Entidad.

La transgresión a lo normado

En ese sentido – precisa el informe -, que corresponde señalar que, en procedimiento, no se ha cumplido con publicar el Expediente Técnico de Obra completo, lo cual contraviene a los Principios de Transparencia y Publicidad, así como lo establecido en los citados dispositivos legales – refiere el informe -, constituyendo un vicio que afecta la validez del procedimiento de selección.

Las acciones a tomar

Dicho informe concluye, que es competencia del Titular de la Entidad declarar la nulidad del procedimiento de selección, de modo que el mismo se retrotraiga a la etapa de la convocatoria, a fin de que dicho acto y los subsiguientes se realicen de acuerdo a la normativa vigente.

Así mismo, concluye que, la demora del procedimiento selectivo y consecuentemente la satisfacción oportuna de la necesidad, es de exclusiva responsabilidad del Titular de la Entidad y de los funcionarios intervinientes en la contratación, por lo que en razón de ello, corresponde – concluye el informe -, que el informe materia de la nulidad del proceso de selección, sea puesto en conocimiento del Sistema Nacional de Control.

El primer proceso anulado

Cabe recordar que en el mes de agosto del año 2023, el GORE convocó un primer proceso para refaccionar el emblemático Instituto Superior, proceso que al poco tiempo fue declarado nulo mediante la Resolución Ejecutiva Regional N°568 -2023- GR.LAMB de fecha 28 de setiembre de 2023, suscrita por el gobernador Jorge Pérez,por cuanto el expediente técnico utilizado par la convocatoria, contenían serios vicios en su contenido técnico y formal.

 

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