PIMENTEL ADJUDICAN BUENA PRO DE MILLONARIA OBRA A CONSORCIO QUE PRESENTÓ DOCUMENTOS CON FIRMAS QUE SERIAN FALSAS



                         EN  PIMENTEL ADJUDICAN BUENA PRO DE MILLONARIA OBRA A CONSORCIO QUE PRESENTÓ DOCUMENTOS CON FIRMAS QUE SERIAN FALSAS

Comité de Selección descalifico ofertas de postores presumiendo que firmas en documentos no eran valederas y no observó las firmas del ganador

 El 9 de mayo de los corrientes, el comité de selección presidido por el Ing. Ricardo Augusto Zapata Lozada, e integrado por los miembros Ing. Juan Luis Campos Aquino y el Ing. Jarlley William Jave Sánchez, otorgaron la buena pro al Consorcio Ejecutor Los Jardines, integrado por las empresas Constructora Marañón SRL y Corporación Group LCS E.I.R.L. para ejecutar la obra “Creación del servicio de movilidad urbana en las calles de los sectores San Gerónimo y Los Jardines en el distrito de Pimentel cuyo costo supera los 7 millones  de soles.

Los participantes y la sospechosa no admisión de algunas ofertas

En el proceso participaron 25 postores, quienes presentaron sus respectivas ofertas, de las cuales seis (6) no fueron admitidas, porque en algunos casos - según el comité de selección – algunas firmas que rubricaban ciertos documentos, presentaban los mismos trazos que dieron lugar a la decisión del colegiado a declarar como “no admitidas” las ofertas, bajo los argumentos plasmados en el acta del proceso que en imagen se muestran.




La oferta del ganador

Este medio tuvo acceso a la oferta presentada por el Consorcio Ejecutor Los Jardines, publicada, por cierto, en el portal del Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado – SEACE, la misma que al ser sometida a la visualización de la documentación incluida en la misma, se advierte a simple vista que las firmas de la Representante Legal Común del Consorcio Ejecutor Los Jardines Ing. Liliana Nanneth Cartagena Silva, guardan sustanciales diferencias con la que ha suscrito la promesa formal del consorcio, por cierto, legalizada notarialmente, lo que supone que la firma utilizada para el refrendo de la documentación de la oferta, no provendría del mismo puño y letra de dicha representante, tal como se muestran en las imágenes de comparación.




Opinión

Este blog solicitó la opinión del consultor en contrataciones del Estado Jorge Chávez Pita, quien fue enfático en manifestar su contraposición respecto a lo no admisión de las ofertas de los dos participantes, por cuanto – según Chávez Pita -  el comité de selección unilateralmente y sin sustento factico de la técnica de la grafotecnia, consideró que las firmas cuestionadas presentaban los mismos trazos, razón que siendo una apreciación subjetiva y sin sustento decidió no admitir ambas ofertas, mientras que las firmas de la oferta ganadora, teniendo evidencias claras que están no le corresponderían a la representante, por sus sustanciales diferencias, validó la misma vulnerando, en todo caso, el principio fundamental que rige para las contrataciones del Estado, en este caso el de igual trato, prevalente en todo proceso de selección,






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