LAMBAYEQUE: SOSPECHOSA CONTRACIÓN EN LA COMUNA DE FERREÑAFE PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA VALORIZADA EN 8 MILLONES DE SOLES

COMITÉ DE SELECCIÓN NO ADMITIÓ CUATRO OFERTAS Y VALIDÓ SOLO UNA DE CUESTIONADA EMPRESA A QUIEN LE ADJUDICÓ LA BUENA PRO. 

Dudas razonables rondan sobre un proceso de contratación llevado a cabo en la Municipalidad de Ferreñafe

Según el acta del procedimiento denominado Proceso Especial de Contratación N° 3-2020-MPF, convocado por la comuna ferreñafana para la ejecución de la obra “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular y peatonal de diferentes calles y avenidas en el distrito de Ferreñafe”, la cual se muestra en el portal del Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado – SEACE, se advierte una vez más la recurrente modalidad que vienen aplicando los comités de selección de diferentes gobiernos locales, cuando se trata de admitir, evaluar y calificar las ofertas de los participantes, las mismas que en su mayoría bajo presuntas argucias de análisis documentario e inadecuados fundamentos legales, logran sacar de carrera a la mayoría de los postores, dejando a uno solo habilitado – como sería el caso del mencionado proceso -, y de esta manera, cometer el presunto acto doloso que les permite favorecer al participante previamente definido como ganador.

LA NO ADMISIÓN DE LAS OFERTAS Y EL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Luego de que el Comité de Selección presidido por Jorge Tafur Bustamante e integrado por los miembros Juan Campos Aquino y Segundo Monje Fernández, procediera a visualizar las ofertas que electrónicamente fueron presentadas por cinco (5) postores, con la finalidad de verificar la presentación de la documentación obligatoria requerida en las bases del proceso, el comité en forma unánime decidió no admitir las ofertas de cuatro (4) de ellos, en este caso las presentadas por el Consorcio Vial Ferreñafe, Consorcio Ferreñafe, Consorcio Eten y el Consorcio Ferreñafe DR, motivando su decisión, que por cierto resulta ser subjetiva e inconsistente, respecto a que los cuatro postores no habrían presentado la carta de línea de crédito requeridas en las bases, las cuales deberían ser emitidas por entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros, documento que – según el acta -, si fue presentado por la empresa LEPACOM EIRL a quien se le admitió su oferta y se le adjudicó la buena pro como único postor.

DUDOSA REPUTACIÓN DE LEPACOM EIRL

El 07 de febrero de 2018, la empresa LEPACOM EIRL suscribió el Contrato N° 037-2018-MINAGRI-AGRO-RURAL  con el Programa de Desarrollo Agro Rural, cuyo objeto consistió en la realización de los trabajos de descolmatación del rio Chancay en la jurisdicción de Lambayeque, para lo cual, en forma indiscriminada, subcontrató a una serie de proveedores para que realizaran los trabajos contratados con dicha entidad, los mismos que a pesar que los subcontratistas lograron concluir los servicios encargados, hasta el día de hoy no han sido cancelados en su totalidad, encontrándose en la actualidad deudas contraídas por LEPACOM con los proveedores por montos que superan el millón de soles, deudas que incluso, en su momento, fueron respaldadas con cheques girados sin contar con los fondos para su cancelación, encontrándose estos en un proceso judicial por el delito de libramiento indebido y estafa cometidos por el representante legal de LEPACOM EIRL, Lino Enrique Pinto Angulo.       

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