CONSORCIO GANADOR DE MILLONARIA OBRA PARA LOS BOLIVARIANOS EN AYACUCHO FUE FAVORECIDO CON BUENA PRO
CONSORCIO GANADOR DE MILLONARIA
OBRA PARA LOS BOLIVARIANOS EN AYACUCHO FUE FAVORECIDO CON BUENA PRO
Comité de Selección
validó promesa de consorcio con firma legalizada de uno de sus integrantes
antes que el acuerdo fuera formalizado
No hay duda. De acuerdo a la oferta presentada por el
Consorcio Bicentenario I, por cierto, publicada en el portal del Sistema
Electrónico de las Contrataciones del Estado – Seace, se puede confirmar que
dicho consorcio, tuvo un trato diferente por parte del Comité de Selección al
momento de revisar la documentación de presentación obligatoria para la
admisión de su oferta, en este caso, lo que respecta a la Promesa de Consorcio
que, por norma y lo requerido en las bases del proceso, deberían contar con firmas
de los representantes de cada uno de los consorciados debidamente legalizadas
notarialmente con fecha cierta a partir del acuerdo entre los consorciados, lo
cual no fue así.
La Promesa de Consorcio
Como quiera que, a folios 32 al 34 de la oferta presentada por el Consorcio Bicentenario I, obra el Anexo N° 6 con el título Promesa de Consorcio, se advierte que la misma fue suscrita como un acuerdo el día 08 de febrero del 2023, es decir, en esa fecha los consorciados decidieron conformar el consorcio para participar en el proceso de la millonaria obra de la construcción del comedor en la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga,
La inconsistencia de la
legalización notaria
Como se puede ver en las imágenes, la Promesa de Consorcio que formaliza el acuerdo entre los integrantes del Consorcio Bicentenario I, se firma el 08 de febrero de 2023, es decir, dicho acuerdo tenía vigencia desde la fecha prescrita, por lo tanto, a partir de esa fecha o posterior a la misma las firmas de los representantes de cada uno de los consorciados tendrían que haber sido legalizadas, condición que en el caso de la firma de la representante del consorciado C Y P Constructores y Consultores EIRL, Katia Beatriz Pizarro Romero, fue legalizada el 06 de febrero, es decir, dos días antes que el acuerdo fuera formalizado, por lo tanto, dicho documento “no existía”, irregularidad que se demuestra, en cuanto las firmas de los representantes de los otros dos consorciados si fueron legalizadas el mismo día de suscrito el acuerdo (ver imágenes).
El sustento formal y la
irracional legalización
El Art. N° 245 del Texto Único Ordenado del Código Procesal
Civil, establece lo siguiente: “Un documento privado adquiere fecha cierta y
produce eficacia jurídica como tal en el proceso desde la presentación del
documento ante Notario Público para que certifique la fecha o legalice las
firmas (…) “.
Como quiera que, el Notario Abogado de Chiclayo Henry Macedo Villanueva legalizó solo la firma de la suscribiente, más no el contenido del acuerdo, la incongruencia real que, por cierto, no debió ser validado por el Comité de Selección y por ende, la oferta no debió ser admitida, por cuanto la firma de Pizarro Romero Titular Gerente de P Y C Constructores y Consultores EIRL fue legalizada el 06 de febrero del 2023, cuando la Promesa de Consocio como un acuerdo fue suscrita por los tres consorciados el 08 de marzo del 2023, es decir, a partir de esa fecha se debieron empezar a legalizar las firmas de los tres representantes, ya que el haberse realizado la legalización de la firma de Pizarro Romero el 06 de marzo del 2023, implicaría que la legalización notarial se realizó sobre un acuerdo que aún “no existía”.
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